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Nota jurídica

La última reforma del Parlamento Europeo sobre marcas

31/03/2016

La finalidad de la reciente reforma del sistema de marcas en el ámbito comunitario es conseguir equilibrio entre los regímenes nacionales y el de la Unión Europea, para garantizar la coexistencia de la protección que cada uno de ellos confiere.

El origen de la reforma puede situarse en las Conclusiones del Consejo de 25 de mayo de 2010 sobre la futura revisión del sistema de marcas en la Unión Europea. El Consejo solicitó a la Comisión que presentara unas propuestas de revisión tanto del Reglamento de marca comunitaria 1 (el «RMC»), como de la Directiva de aproximación de legislaciones en materia de marcas2 , encaminadas a que esta fuera más coherente con aquel. Con ello se perseguía homogeneizar el sistema de marcas en Europa, en su conjunto, sin que la vía nacional de protección de la marca dejara de ser una opción atractiva, protegiendo en cualquier caso la relación complementaria que existe entre el sistema de marcas de la Unión Europea y los sistemas nacionales. La Comisión, en su comunicación de 24 de mayo de 2011, titulada

«Un mercado único de los derechos de propiedad intelectual», llegó a la conclusión de que era necesario modernizar el sistema de marcas en el conjunto de la Unión y adaptarlo a la era de internet, para conseguir un sistema de registro de marcas más rápido, claro y coherente, de uso más fácil y mayor accesibilidad al público.

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