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El reconocimiento progresivo de las familias diversas en la jurisprudencia constitucional

16/06/2026
Publicado en Asuntos Legales

La diversidad sexual se encuentra protegida tanto por la Constitución Política como por la Convención Americana de Derechos Humanos.

En ese marco, en nuestro ordenamiento se prohíbe cualquier forma de discriminación por orientación sexual, tal como lo reconoció la Corte Constitucional en la sentencia C-411 de 2022.

No obstante, el reconocimiento de los derechos de las parejas del mismo sexo no ha sido una discusión pacífica en el ordenamiento jurídico colombiano. Pese a ello, la Corte Constitucional ha construido un camino progresivo en la materia.

Desde la sentencia C-075 de 2007, el Alto Tribunal comenzó a reconocer los derechos de estas parejas en el ámbito patrimonial, y a partir de allí extendió garantías como la afiliación en salud y la pensión de sobrevivientes, derechos que antes solo se reconocían a parejas heterosexuales.

Puede leer el artículo completo aquí.