El Acuerdo modifica la información y documentación requerida para trámites como la obtención o reanudación del Registro Patronal, la asignación o cancelación del Registro Patronal Único (RPU), la asignación del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital, así como la presentación de avisos afiliatorios de trabajadores.
Asimismo, establece la obligación de acreditar la personalidad mediante identificación oficial vigente en trámites presenciales y prevé que, una vez implementada la CURP con datos biométricos, ésta será el único medio nacional de identificación oficial para tales efectos. También se refuerzan los requisitos de representación mediante poder o documento habilitante y la exhibición de la Tarjeta de Identificación Patronal actualizada, previéndose la facultad del IMSS para solicitar información adicional cuando resulte necesario. El Acuerdo y su Anexo Único entrarán en vigor a los quince días hábiles siguientes a su publicación.
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