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La Corte Constitucional impulsa la implementación de la Jurisdicción Agraria y Rural a partir de 2027

12/05/2026

La Corte Constitucional de Colombia, mediante el Comunicado de Prensa del 22 de abril de 2026, correspondiente a la Sentencia C-099 de 2026, informó una decisión de alto impacto para el sector rural, agroindustrial, financiero y de infraestructura en Colombia.

En particular, la Corte ordenó al Consejo Superior de la Judicatura adelantar de inmediato todas las actuaciones necesarias para que, a partir de 2027 y de manera gradual y progresiva, entren en funcionamiento los tribunales y juzgados agrarios y rurales en el país.

La decisión se produce en el contexto del Acto Legislativo 03 de 2023, que creó esta jurisdicción especializada con el propósito de fortalecer la resolución de conflictos relacionados con la propiedad, uso, ocupación y tenencia de la tierra rural, así como avanzar en la implementación de la Reforma Rural Integral prevista en el Acuerdo Final de Paz.

En términos generales, la Corte concluyó que, en garantía del principio del juez natural, una vez entre en funcionamiento la Jurisdicción Agraria y Rural, serán estas autoridades especializadas las encargadas de ejercer las competencias jurisdiccionales previstas en el Decreto Ley 902 de 2017. Mientras tanto, los procesos agrarios continuarán siendo conocidos por las autoridades judiciales actualmente competentes, principalmente los jueces civiles del circuito especializados en restitución de tierras y, subsidiariamente, los jueces civiles del circuito, conforme a lo establecido previamente en la Sentencia C-073 de 2018.

La sentencia también exhortó al Congreso de la República a expedir, con la mayor brevedad posible, el procedimiento especial agrario y rural que regulará el funcionamiento de esta nueva jurisdicción. Esto significa que durante los próximos meses el país entrará en una etapa clave de definición institucional y regulatoria para el sector rural.

La decisión tiene especial relevancia para compañías con operaciones agroindustriales, portafolios de tierras, proyectos de infraestructura, esquemas de financiación garantizados con activos rurales y procesos de formalización o litigios sobre propiedad rural. En particular, la Corte reiteró la importancia de que las controversias relacionadas con adjudicación, formalización, nulidad agraria y otros conflictos sobre tierras rurales sean conocidas progresivamente por autoridades judiciales especializadas en derecho agrario.

Desde una perspectiva práctica, esta transición abre un nuevo escenario para inversionistas nacionales e internacionales, entidades financieras y empresas con exposición al sector rural. Aspectos como la definición del procedimiento agrario, las reglas de transición de procesos y la articulación institucional con la Ley 2570 de 2026 serán determinantes para evaluar riesgos, estructurar inversiones y proyectar estrategias de litigio y cumplimiento en los próximos años.

La Corte destacó, además, que la creación de esta jurisdicción busca fortalecer la seguridad jurídica en el campo y garantizar que los conflictos rurales sean resueltos por jueces especializados, atendiendo las realidades territoriales y las necesidades de las comunidades rurales.

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