Esta norma constituye un hito en la evolución del derecho aduanero colombiano, en la medida en que redefine el alcance del control y la fiscalización ejercidos por la DIAN, incorporando mayores garantías y una necesaria flexibilización para los operadores de comercio exterior. Lo anterior, sin dejar de lado los esfuerzos en la lucha contra el contrabando, el cual continúa siendo un eje central desarrollado por esta nueva normatividad.
Con la promulgación de la Ley 2586, el Estado colombiano cumple oportunamente con lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-072 de 2025, la cual, recordemos, había fijado como plazo máximo el 20 de junio de 2026 para que el Congreso de la República expidiera una ley que reemplazara el Decreto Ley 920 de 2023.
En cuanto a su entrada en vigencia, el artículo 114 dispone que la presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga expresamente el Decreto Ley 920 de 2023, así como el artículo 51 de la Ley 1762 de 2015. Por lo que una vez fue publicada en el Diario Oficial el mismo 19 de junio, ha entrado formalmente en vigencia.
Cabe resaltar que la expedición y entrada en vigencia de la nueva ley antes del 20 de junio de 2026, plazo máximo fijado por la Corte para su promulgación, elimina cualquier posibilidad de enfrentar un vacío normativo o la eventual reviviscencia de disposiciones anteriores, incluso aquellas previas a las contenidas en el Decreto 1165 de 2019, dejando un aire de seguridad jurídica para el sector.
Ahora bien, con la promulgación de la Ley 2586 de 2026 se abre un reto fundamental: su correcta aplicación e implementación por parte de todos los operadores del comercio exterior (importadores, exportadores, agencias de aduanas, operadores logísticos, zonas francas, depósitos y demás actores de la cadena), así como por la propia DIAN. No obstante, el sector puede contar con la tranquilidad de que hoy disponemos de una norma que fortalece el sistema sancionatorio aduanero, articulando seguridad jurídica con mejores garantías para los usuarios del comercio exterior.
Puedes acceder al decreto completo aquí.
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