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Licencias OFAC sobre Venezuela: “una autorización no es una carta blanca”

24/06/2026
Publicado en Asuntos Legales

En materia de sanciones económicas, pocas expresiones generan tanta tranquilidad y a su vez tanta confusión como “Licencia OFAC”. Para muchas compañías, la existencia de una licencia general o específica emitida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos suele interpretarse como una autorización suficiente para operar; una especie de “visto bueno regulatorio”.

El problema es que, en el mundo OFAC, los vistos buenos rara vez son absolutos. Hay condiciones, exclusiones, plazos, reportes, contrapartes permitidas, mecanismos de pago autorizados y una larga lista de matices que hacen que la palabra “licencia” deba leerse con más cautela que entusiasmo.

Una licencia OFAC no es una carta blanca; es un instrumento jurídico altamente técnico, normalmente condicionado y, en muchos casos temporal, mediante el cual se permite realizar ciertas operaciones que, de otra manera, estarían prohibidas bajo un programa de sanciones económicas.

Puede leer el artículo completo aquí.

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