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Nota jurídica

Reglamento para la Determinación y Pago de la Cuota de Garantía de No Caducidad de Derechos de Aguas Nacionales

06/08/2026

Se publica el nuevo Reglamento que establece el procedimiento para determinar y pagar la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales, sustituyendo el esquema vigente desde 2011 con cambios relevantes en plazos, cómputo por trimestres calendario y un nuevo mecanismo de prórroga.

El 4 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que expide el Reglamento para la Determinación y Pago de la Cuota de Garantía de No Caducidad de Derechos de Aguas Nacionales (“Reglamento”), en vigor desde el 5 de agosto de 2026, el cual abroga el Reglamento publicado el 27 de mayo de 2011.

Entre los cambios más relevantes destacan la sustitución del criterio de meses corridos por trimestres calendario fijos para el cómputo del periodo de dos años, la ampliación del plazo de pago de 15 a 45 días hábiles, la introducción de plazos específicos para la presentación del comprobante de pago y para que la autoridad requiera aclaraciones, y la incorporación de un mecanismo expreso de prórroga de no caducidad, que puede solicitarse hasta en dos ocasiones con autorización previa de la CONAGUA. El régimen transitorio prevé que el primer bienio completo bajo el nuevo esquema comenzaría en enero de 2027. Se trata de un cambio normativo con implicaciones significativas para todas las personas concesionarias y asignatarias con volúmenes de agua en riesgo de caducidad.

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