El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio amplió automáticamente por 12 meses la vigencia de las licencias urbanísticas (y sus prórrogas, revalidaciones o prórrogas de revalidación) que estuvieran vigentes al 10 de agosto de 2026, sin necesidad de ningún trámite adicional.
¿Dónde aplica? La medida cobija a 16 departamentos: Antioquia, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca.1.1 Dentro de este alcance quedan distritos como Cartagena de Indias (Bolívar), Cali y Buenaventura (Valle del Cauca), Barrancabermeja (Santander), Turbo (Antioquia), Tumaco (Nariño) y Medellín (Antioquia)
Fuera de la lista quedan distritos como Barranquilla y Santa Marta ubicados en departamentos no incluidos (Atlántico y Magdalena), así como Riohacha (La Guajira); y, de forma particular, Bogotá, que al ser autónoma e independiente del departamento de Cundinamarca no queda cobijada por la mención de ese departamento en el decreto. En todos estos territorios siguen rigiendo las reglas ordinarias de vigencia y prórroga de licencias del Decreto 1077 de 2015, sin el beneficio de esta ampliación excepcional.
Nota: dada la particularidad de la relación de Bogotá con Cundinamarca, estaremos atentos a eventuales precisiones o pronunciamientos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio sobre el alcance de la norma frente al Distrito Capital.
Otras novedades del decreto (aplican en todo el territorio nacional):
¿Tiene un proyecto con licencia próxima a vencer? Con gusto lo asesoramos para verificar si aplica esta prórroga excepcional.