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Decreto 1448 de 2026: prórroga automática de licencias urbanísticas tras el sismo del 10 de agosto

01/10/2026

El Decreto 1448 de 2026 amplía automáticamente por 12 meses la vigencia de determinadas licencias urbanísticas en 16 departamentos afectados por el sismo del 10 de agosto. La norma también establece medidas para facilitar el reforzamiento estructural y la reconstrucción de edificaciones.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio amplió automáticamente por 12 meses la vigencia de las licencias urbanísticas (y sus prórrogas, revalidaciones o prórrogas de revalidación) que estuvieran vigentes al 10 de agosto de 2026, sin necesidad de ningún trámite adicional.

¿Dónde aplica? La medida cobija a 16 departamentos: Antioquia, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca.1.1 Dentro de este alcance quedan distritos como Cartagena de Indias (Bolívar), Cali y Buenaventura (Valle del Cauca), Barrancabermeja (Santander), Turbo (Antioquia), Tumaco (Nariño) y Medellín (Antioquia)

Fuera de la lista quedan distritos como Barranquilla y Santa Marta ubicados en departamentos no incluidos (Atlántico y Magdalena), así como Riohacha (La Guajira); y, de forma particular, Bogotá, que al ser autónoma e independiente del departamento de Cundinamarca no queda cobijada por la mención de ese departamento en el decreto. En todos estos territorios siguen rigiendo las reglas ordinarias de vigencia y prórroga de licencias del Decreto 1077 de 2015, sin el beneficio de esta ampliación excepcional.

Nota: dada la particularidad de la relación de Bogotá con Cundinamarca, estaremos atentos a eventuales precisiones o pronunciamientos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio sobre el alcance de la norma frente al Distrito Capital.

Otras novedades del decreto (aplican en todo el territorio nacional):

  • No se exigirá acta de asamblea de copropietarios para solicitar licencias de reforzamiento estructural en edificios o conjuntos en propiedad horizontal afectados por el sismo.
  • Para reconstruir edificaciones colapsadas o afectadas por el sismo, no será necesario aportar toda la documentación técnica habitual: se tomarán como base los planos de la licencia o acto de reconocimiento original, acreditando únicamente el cumplimiento de la normativa sismorresistente vigente al momento de la solicitud.

¿Tiene un proyecto con licencia próxima a vencer? Con gusto lo asesoramos para verificar si aplica esta prórroga excepcional.

 

 

 

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