El texto aprobado entrará en vigor el 1 de julio de 2015. La reforma supone una de las modificaciones más profundas del CP de las llevadas a cabo hasta la actualidad.
Entre otras muchas materias, la reforma modifica sustancialmente el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas previsto en los artículos 31 y siguientes del CP. El objeto de esta Nota Informativa es resumir esta parte de la reforma. La principal novedad, en este punto, consiste en la atribución de una especial importancia a los llamados «programas de compliance» o «modelos de prevención de delitos» cuya correcta adopción e implementación podrá no ya sólo atenuar, como hasta ahora, la responsabilidad penal de personas jurídicas sino incluso excluirla totalmente.