La justicia que tarda demasiado deja de serlo, y los datos revelados eran contundentes: más del 72% de los procesos ante la jurisdicción ordinaria corresponden a ejecuciones, la mayoría de las cuales transcurre sin oposición sustancial del deudor. Ante ese panorama, el legislador optó por un camino inédito: el arbitraje ejecutivo, que permite a particulares investidos temporalmente de jurisdicción adelantar procesos de cobro forzoso.
La promesa resulta, sin duda, atractiva. Celeridad mediante plazos perentorios de hasta doce meses, medidas cautelares previas eficaces, actuaciones virtuales y remates electrónicos. Se añade un arbitraje gratuito para población vulnerable y asuntos de mínima cuantía. Virtudes nada menores. Sin embargo, el examen de la norma advierte tensiones que merecen reflexión.
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