La lección no es copiar más intervención, sino ofrecer reglas claras que permitan innovar, invertir y competir.
Tras años de ambigüedad, la SEC emitió recientemente dos interpretaciones que traen seguridad jurídica al mercado cripto: por un lado definió cuando se aplican las leyes de valores a cierto tipo de criptos, y por otra, aclaró cuando ciertas plataformas no deben ser objeto de registro como intermediarios de valores. Sin embargo, lo verdaderamente relevante de las dos interpretaciones de la SEC es que el regulador americano por fin tuvo que admitir un límite básico: no todo activo digital es un valor y no toda innovación financiera puede ser tratada como sospechosa hasta que el regulador decida lo contrario.
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