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Pension savings. Figure of senior couple and jar of coins on white wooden table

Boletín

Cambios en el sistema pensional: Reglas para el traslado de RAIS a Colpensiones

24/04/2026

Este decreto regula el traslado de recursos entre los regímenes de pensiones en Colombia, específicamente desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) hacia el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (Colpensiones), conforme al artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.

¿A quién aplica?

  • Personas afiliadas al RAIS con al menos 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas cotizadas (hombres), y menos de 10 años para consolidar su derecho pensional.
  • Permite el traslado voluntario al régimen más favorable, previa doble asesoría.

¿Qué regula?

  • Establece el procedimiento y plazos para el traslado de los recursos acumulados en las cuentas individuales de los afiliados que se trasladan a Colpensiones.
  • El traslado incluye el capital y los rendimientos financieros generados hasta la fecha de transferencia.
  • Los recursos pueden estar en efectivo, TES clase B y otros títulos de deuda permitidos por el régimen de inversiones de Colpensiones.

Plazos:

  • Para quienes no han consolidado su derecho pensional: las AFP deben trasladar el 50% de los recursos en máximo 20 días y el 50% restante en los 10 días siguientes.
  • Para quienes ya consolidaron su derecho pensional: las AFP deben trasladar la totalidad de los recursos en máximo 15 días.

Importancia:

  • Garantiza la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y la protección de los derechos de los afiliados.
  • Permite que los afiliados reciban todas las prestaciones económicas bajo el esquema solidario de Colpensiones.

Supervisión: La Superintendencia Financiera de Colombia vigilará el cumplimiento estricto de estos traslados.

Vigencia: El decreto entra en vigor desde su publicación y deroga disposiciones anteriores que sean contrarias.

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