• Encuentra un abogado
  • Prácticas y Sectores
    Cargo
    Oficina

Boletín

Corte Constitucional anula decreto sobre sanciones y decomiso de mercancías

07/03/2025

Corte Constitucional Anula Régimen Sancionatorio Aduanero y Decomiso de Mercancías

Bogotá D.C., 7 de marzo de 2025

La Corte Constitucional de Colombia, por medio de la Sentencia C-072 de 2025, declaró la inexequibilidad diferida del artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, que otorgaba facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir un nuevo régimen sancionatorio aduanero y de decomiso de mercancías, así como el procedimiento aplicable. Esta decisión también declaró la inexequibilidad del Decreto Ley 920 de 2023, expedido en desarrollo de dichas facultades.

Elementos Esenciales del Caso

El artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 confería al Presidente de la República facultades extraordinarias por un término de seis meses para expedir un nuevo régimen sancionatorio aduanero y de decomiso de mercancías, así como el procedimiento aplicable. El demandante argumentó que esta disposición violaba el artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política, que reserva al Congreso de la República la facultad exclusiva de expedir códigos en todos los ramos de la legislación.

Argumentos de la Corte

La Corte Constitucional analizó dos cuestiones principales:

  1. Reserva de Ley para Expedir Códigos: La Corte reiteró que el Congreso de la República no puede delegar al Ejecutivo la facultad de expedir códigos, ya que esto contraviene el artículo 150, numeral 10, de la Constitución. La Sala Plena concluyó que el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 buscaba dotar al Ejecutivo de facultades legislativas para crear un nuevo estatuto sancionatorio en materia aduanera, lo cual constituye un código y, por tanto, es inconstitucional.
  2. Indicaciones Previas de la Corte: La Corte recordó que en la Sentencia C-441 de 2021 se había otorgado un plazo al Congreso para adoptar una ley que contuviera un nuevo régimen sancionatorio aduanero, de decomiso de mercancías y de los procesos aplicables. La delegación de esta función al Ejecutivo mediante facultades extraordinarias contravenía esta indicación.

Decisión de la Corte

La Corte Constitucional decidió:

  1. Declarar Inexequible el Artículo 68 de la Ley 2277 de 2022: La disposición que otorgaba facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir un nuevo régimen sancionatorio aduanero y de decomiso de mercancías.
  2. Declarar Inexequible el Decreto Ley 920 de 2023: Este decreto, expedido en desarrollo de las facultades otorgadas por el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, también fue declarado inconstitucional por consecuencia.
  3. Diferir los Efectos de la Inexequibilidad: La Corte moduló los efectos de la sentencia, otorgando un plazo al Congreso de la República hasta el 20 de junio de 2026 para expedir una nueva ley que establezca el régimen sancionatorio y el decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable.

Salvamento de Voto

El magistrado Miguel Polo Rosero salvó su voto, argumentando que la Corte se pronunció sobre un cargo no presentado por el demandante y que la acusación original no cumplía con los estándares de certeza, pertinencia, especificidad y suficiencia. Además, consideró que la Sala Plena hizo una lectura inadecuada de la Sentencia C-441 de 2021 y que el precedente aplicable era la Sentencia C-269 de 2022, que permitía el uso de facultades extraordinarias para regular regímenes sancionatorios.

Conclusión

La decisión de la Corte Constitucional reafirma la importancia del principio de reserva de ley y la necesidad de que el Congreso de la República regule directamente materias que implican la creación de códigos. Esta sentencia busca garantizar la seguridad jurídica y el equilibrio de poderes en la estructura del Estado colombiano.

 

Prácticas y Sectores relacionadas