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Boletín

Gobierno amplía plazos de implementación de finanzas abiertas: lo que deben tener presente las compañías del sector asegurador

13/10/2026

El pasado 6 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1489 de 2026, que amplía los plazos a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) para la implementación del Sistema de Finanzas Abiertas y del esquema de portabilidad financiera, previstos en los Decretos 368 y 977 de 2026.

El decreto modifica el artículo 4 del Decreto 368 de 2026 y el artículo 6 del Decreto 977 de 2026 para extender, en 6 meses adicionales, los términos de la SFC para:

  1. Publicar el cronograma de estandarización del sistema (pasa de 6 a 12 meses).
  2. Poner en funcionamiento el directorio de participantes y establecer los requisitos de acceso, inscripción, modificación y retiro (pasa de 12 a 18 meses).
  3. Definir los indicadores de seguimiento del sistema (pasa de 12 a 18 meses).
  4. Publicar los estándares y la información a reportar bajo el régimen de transición de portabilidad financiera (pasa de 24 a 30 meses).

Según el Gobierno, estos ajustes responden a razones técnicas, operativas y regulatorias expuestas por la propia SFC, relacionadas con la necesidad de coordinar la implementación con la industria y de fortalecer previamente sus capacidades institucionales, buscando evitar reprocesos regulatorios y tecnológicos para los participantes del sistema.

El Sistema de Finanzas Abiertas y la portabilidad financiera, cuyo cronograma se ajusta mediante este decreto, hacen parte de una política pública orientada a facilitar el acceso a servicios de seguros, en un entorno de transformación digital e incremento de nuevos actores en el mercado, por lo que aseguradoras y corredores de seguros, como entidades vigiladas por la SFC, deben mantener supervisión activa sobre su evolución. Para el sector asegurador, el efecto práctico del decreto es diferir, por 6 meses adicionales, los hitos a cargo de la SFC para la puesta en marcha del directorio de participantes, la definición de estándares técnicos y la fijación de indicadores del sistema, dando más tiempo previo a que la SFC defina en qué condiciones y bajo qué cronograma las compañías del sector asegurador podrían integrarse al esquema de finanzas abiertas o verse impactados por la portabilidad financiera.

En consecuencia, las aseguradoras y corredores de seguros deberán hacer seguimiento al cronograma de estandarización que la SFC deberá publicar dentro del plazo de 12 meses contados desde la entrada en vigor del Decreto 368 de 2026, pues allí se precisará el alcance y la hoja de ruta de participación de cada tipo de entidad vigilada. Asimismo, deberán evaluar desde ya sus capacidades de gestión, intercambio y protección de datos de clientes, revisando sus políticas de tratamiento de datos personales a la luz de los principios de autorización previa, expresa e informada que rigen el Sistema de Finanzas Abiertas. En definitiva, la importancia del sistema para el sector asegurador radica en una transformación del mercado que redefinirá cómo aseguradoras y corredores compiten, distribuyen sus productos y gestionan los datos de sus clientes.

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