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La SIC propone que cigarrillos y vapeadores desaparezcan de la vista del público

26/06/2026

La SIC publicó un proyecto de circular que busca endurecer las reglas para la exhibición y comercialización de cigarrillos, vapeadores y otros productos de nicotina en Colombia. La propuesta incluye restricciones en puntos de venta, canales digitales y entregas a domicilio, con el objetivo de reducir la exposición de los consumidores, especialmente menores de edad, a este tipo de productos.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) publicó el pasado 15 de mayo un proyecto de Circular Externa con el que propone restricciones significativas para la comercialización de cigarrillos, vapeadores, productos de tabaco calentado y demás sucedáneos de la nicotina. La iniciativa busca fortalecer la protección de los consumidores frente a la comercialización de cigarrillos, productos de tabaco, derivados y sucedáneos, tanto en establecimientos físicos como en canales digitales.

La propuesta busca cerrar un vacío regulatorio prolongado durante más de una década, originado cuando el Consejo de Estado suspendió en julio de 2016 las Circulares 005 y 011 de 2012 de la propia SIC, que regulaban la exhibición de productos de tabaco en puntos de venta. El tribunal acogió la posición de que la exhibición visible de estos productos podía constituir, en sí misma, una forma de promoción, pues mantenerlos a la vista puede incentivar la compra, reforzar la percepción de normalidad frente al consumo y aumentar la exposición de los menores de edad. Esa decisión dejó sin instrucciones claras a comercios físicos y plataformas digitales sobre cómo operar frente a las prohibiciones de publicidad ya vigentes.

Las medidas propuestas

  • Prohibición de exhibición física. Los cigarrillos, vapeadores, productos de tabaco calentado y demás dispositivos asociados deberán permanecer completamente fuera de la vista del público, almacenados en espacios cerrados y no visibles para los consumidores, incluso desde el exterior de los establecimientos. Quedan prohibidas las modalidades de autoservicio, las máquinas expendedoras y los dispensadores mecánicos. Para informar precios o disponibilidad, los establecimientos solo podrán usar listados de texto plano, sin fotografías, logotipos ni gráficos asociados a las marcas.
  • Restricciones digitales. En páginas web, aplicaciones, redes sociales y plataformas digitales no podrán utilizarse imágenes o representaciones visuales de estos productos, y las publicaciones tendrán que incluir de manera visible la advertencia “Solo para mayores de 18 años”.
  • Doble verificación de edad. En las ventas en línea se incorporará un sistema de doble verificación de edad: al ingresar a la sección de estos productos, el usuario confirmará su mayoría de edad proporcionando número de identificación y fecha de nacimiento, y antes de finalizar la compra la plataforma volverá a verificar esa información.
  • Controles en domicilios. Los repartidores deberán verificar físicamente la identidad del comprador antes de entregar el producto, revisando el documento de identidad original y cotejando los datos de la compra. El receptor tendrá que firmar una constancia declarando su mayoría de edad, y los domiciliarios contarán con mecanismos para reportar posibles entregas a menores.
  • Ampliación del alcance. Las medidas ya no se aplicarán únicamente al tabaco tradicional, sino también a los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), sistemas sin nicotina, productos de tabaco calentado, productos de nicotina oral y otros sucedáneos, en línea con la Ley 2354 de 2024. De aprobarse, las nuevas instrucciones entrarán en vigor un mes después de su publicación oficial.

La posición de la SIC se alinea con el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS, el principal tratado global en la materia, que insta a los países a avanzar hacia una prohibición amplia de la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco. La OMS ha sostenido que la promoción no se limita a los anuncios tradicionales: también constituyen formas de promoción las prácticas que aumentan la visibilidad de las marcas, normalizan su consumo o generan recordación, criterio que ha llevado a varios países a restringir la exhibición en puntos de venta.

La SIC invitó a ciudadanía, gremios, empresas, academia y plataformas digitales a presentar comentarios al proyecto antes de su adopción definitiva. De aprobarse, Colombia se sumaría a los países con regulaciones más estrictas del mundo en materia de exhibición y comercialización de tabaco y nicotina, siguiendo modelos como los de Australia, Irlanda y el Reino Unido.

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