Dichos títulos podrán ser utilizados para el pago del impuesto sobre la renta, en los mismos términos del descuento tributario de becas por impuestos que no podrán exceder en un 30% del impuesto a cargo del contribuyente en el respectivo año gravable computado en conjunto con el descuento para inversiones realizadas en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente, inversiones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación, y, por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
Algunas de las acciones, actividades, y obras que se pueden realizar en el marco de los convenios, y que serán beneficiarias del descuento son:
Los contribuyentes que utilicen este descuento en una actividad productora de renta no podrán recibir, en paralelo, beneficios adicionales o participar en acuerdos (convenios) que tengan por objeto esa misma actividad productora de renta.
Para el efecto el Ministerio de Hacienda y Crédito Público implementará mecanismos de monitoreo y control para garantizar su correcta ejecución y, el uso indebido de los títulos negociables, la simulación de convenios o el incumplimiento de los objetivos sociales establecidos en los proyectos financiados, dará lugar a la imposición de sanciones administrativas, pecuniarias y, en los casos que corresponda, penales, conforme a la normativa vigente.