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Boletín

Litigio en Notas

01/05/2025

Litigio en Notas

Aduanas

Consejo de Estado confirma responsabilidad solidaria de comercializadora internacional por IVA declarado como exento sin el cumplimiento de los requisitos legales

El Consejo de Estado, mediante sentencia del 27 de marzo de 2025, confirmó los actos administrativos de la DIAN que señalaron a una comercializadora internacional como deudora solidaria por el IVA declarado como exento por su proveedor, sin cumplir los requisitos legales.

La Sala determinó que las ventas de la comercializadora no cumplieron las condiciones para la exención del IVA (art. 481, E.T.), al no demostrarse la exportación efectiva de los productos. Además, señaló que la emisión del certificado al proveedor, sin que se materializara la exportación, evidencia un propósito evasivo, justificando la responsabilidad solidaria de la comercializadora (art. 793, E.T.).

El Tribunal consideró procedente la sanción por inexactitud en la declaración de IVA. En consecuencia, negó la nulidad de los actos administrativos de la DIAN y mantuvo la vinculación de la comercializadora (cf., Consejo de Estado, Rad. 76001-23-33-000-2023-00579-01 del 27 de marzo de 2025).

Impuestos

Consejo de Estado aplica cambio jurisprudencial sobre excepción por interposición de demanda ante jurisdicción

El Consejo de Estado, en sentencia del 30 de abril de 2025, aplicó inmediatamente el cambio jurisprudencial establecido en la Sentencia 23198 del 6 de noviembre de 2019 sobre la excepción del artículo 831-5 del Estatuto Tributario. La alta corporación determinó que, a partir de dicho precedente, basta probar la interposición de la demanda y no su admisión para declarar procedente la excepción.

El fallo destacó que la aplicación inmediata del cambio jurisprudencial garantiza el derecho a la igualdad en asuntos pendientes de sentencia, evitando decisiones contradictorias sobre situaciones fácticas similares. Asimismo, enfatizó que no puede existir cobro coactivo sobre actos administrativos que fueron anulados por la jurisdicción, consolidando la seguridad jurídica en procesos tributarios paralelos.

Esta decisión establece importantes criterios sobre la aplicación temporal de cambios jurisprudenciales y fortalece la protección del contribuyente mediante la excepción procesal (cf., Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 28732, rad. 19001-23-33-000-2018-00294-02, MP. Myriam Stella Gutiérrez Argüello, 30 de abril de 2025).”

Telecomunicaciones y protección de datos

SIC sanciona empresa por envío de correo masivo sin autorización para tratamiento de datos personales

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución 17874 de 2025, sancionó a CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS PLANIFICADOS S.A.S. por infringir la normativa de protección de datos personales al enviar un correo masivo sin ocultar direcciones de correo electrónico de los titulares. La autoridad determinó que la empresa compartió estos datos con todos los destinatarios sin contar con la debida autorización para dicho propósito.

El fallo enfatizó que los responsables del tratamiento deben obtener autorización previa, expresa e informada de los titulares para el tratamiento de sus datos personales, a más tardar al momento de su recolección. Asimismo, destacó que no basta con el acto de suministrar datos para considerar que existe aceptación expresa del tratamiento, requiriéndose consentimiento obtenido por un medio que permita su consulta posterior.

Esta decisión establece importantes criterios sobre los requisitos de autorización en el tratamiento de datos personales

Seguros

Consejo de Estado determina responsabilidad fiscal solidaria de aseguradoras por objeción injustificada de reclamaciones

El Consejo de Estado, en sentencia del 27 de marzo de 2025, estableció que las compañías de seguros pueden ser vinculadas como gestores fiscales en procesos de responsabilidad fiscal cuando administran recursos del sistema de seguridad social. La alta corporación determinó que no existe impedimento legal conforme al artículo 3 de la Ley 610 para esta vinculación.

El fallo concluyó que las aseguradoras no podían ser calificadas como simples terceros civilmente responsables, sino como gestores fiscales, al objetar injustificadamente reclamaciones amparadas por pólizas de enfermedades catastróficas. Asimismo, enfatizó que estas entidades deben ser conscientes de que el pago de primas y la ejecución de coberturas se realizan con recursos del sistema de seguridad social, estando comprometido su adecuado manejo.

Esta decisión establece importantes criterios sobre la responsabilidad fiscal de aseguradoras en el sistema de salud (cf., Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, Sentencia rad. 25000234100020120071301, CP. Nubia Margoth Peña Garzón, 27 de marzo de 2025).

Penal

Corte Suprema precisa término de prescripción en el delito de fraude procesal

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estableció criterios sobre el cómputo del término de prescripción en el delito de fraude procesal. La alta corporación determinó que el hito fáctico para contabilizar dicho término es “el momento en el que el punible dejó de producir consecuencias, y el procesal para la interrupción de este, es la ejecutoria del llamamiento a juicio”.

El fallo precisó que el término procesal indicado corresponde a la aplicación de la Ley 600 de 2000, aclarando que bajo la Ley 906 de 2004, el término prescriptivo se interrumpe con la formulación de imputación. Asimismo, enfatizó la importancia de identificar correctamente el momento de cesación de las consecuencias del delito para efectos del cómputo prescriptivo.

Esta decisión establece importantes criterios temporales para la prescripción del fraude procesal según el sistema procesal aplicable (cf., Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia SP7824-2025, rad. 68.561 de 2025).