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Procedimiento especial para construir y mejorar vivienda sin requerir licencia de construcción

27/01/2026

El Decreto 1166 de 2025 introduce en Colombia un procedimiento especial que permite la construcción y el mejoramiento de vivienda sin la necesidad de tramitar una licencia de construcción tradicional, siempre que las obras sean financiadas con el Subsidio Familiar de Vivienda otorgado por el Gobierno Nacional.

Esta medida busca agilizar la ejecución de programas de vivienda de interés social, facilitar el uso efectivo de los subsidios y contribuir a la garantía del derecho a una vivienda digna, consagrado en el artículo 51 de la Constitución Política.

La norma responde a la necesidad de reducir los tiempos y costos asociados a los trámites urbanísticos, los cuales han representado un obstáculo para que muchos hogares accedan oportunamente a soluciones habitacionales, especialmente en contextos de autoconstrucción o mejoramiento de viviendas existentes.

El Decreto 1166 de 2025 reglamenta un procedimiento simplificado para autorizar y ejecutar obras en tres modalidades específicas: mejoramiento de vivienda, vivienda progresiva y construcción en sitio propio. Su expedición se fundamenta en el artículo 301 de la Ley 2294 de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, que facultó al Gobierno Nacional para crear mecanismos alternativos al licenciamiento tradicional en estos casos.

El ámbito de aplicación del decreto se limita a los proyectos financiados con Subsidio Familiar de Vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, así como a proyectos de vivienda de interés social y prioritario desarrollados bajo esquemas de autoconstrucción dentro del programa de Autogestión. En el caso de las entidades territoriales y las Cajas de Compensación Familiar, la adopción de este procedimiento es opcional; si no se acogen a él, deberán continuar con el trámite ordinario de licencia o acto de reconocimiento.

Uno de los elementos centrales del decreto es la creación de la Carta de Responsabilidad, documento que reemplaza la licencia de construcción. Esta carta certifica que las obras cumplen con las normas urbanísticas y de construcción sismorresistente, autoriza el inicio y desarrollo de las obras y, en algunos casos, reconoce viviendas construidas previamente sin licencia.

El decreto también establece condiciones claras: las viviendas no pueden ubicarse en zonas de riesgo no mitigable ni en áreas de protección ambiental, y la exención del licenciamiento solo opera mientras el subsidio esté vigente. Además, define responsabilidades precisas para profesionales, constructores y entidades otorgantes, reforzando el control técnico del proceso.

En conclusión, el Decreto 1166 de 2025 establece un marco normativo que simplifica los procedimientos para la ejecución de obras de vivienda financiadas con el Subsidio Familiar de Vivienda. Al sustituir la licencia de construcción por la Carta de Responsabilidad, el decreto traslada el control técnico a profesionales idóneos y a las entidades ejecutoras, reduciendo cargas administrativas.

Con esta medida, el Gobierno Nacional busca acelerar la ejecución de los subsidios, mejorar las condiciones de habitabilidad y avanzar de manera más eficiente en la garantía del derecho a una vivienda digna para miles de hogares en Colombia.

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