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Sentencia T-169 de 2025: una decisión con efectos relevantes para los empleadores en Colombia

12/06/2025

La Corte reconoce el fuero de lactancia y exige autorización previa para despidos de madres lactantes.

Bogotá D.C., 12 de junio de 2025.

La Corte Constitucional, mediante Sentencia T-169 del 12 de mayo de 2025, fortaleció el régimen de protección a la madre lactante, al conferirle a la lactancia materna un carácter prioritario frente a decisiones laborales que impliquen el despido o la no renovación del contrato de trabajo de mujeres en período de lactancia.

Desde una perspectiva jurídico-práctica, este fallo zanja la controversia sobre la existencia de un fuero de lactancia, al reconocer su validez y alcance constitucional. La Corte establece que este fuero es oponible tanto a empleadores del sector privado como a entidades públicas, y exige, como requisito indispensable para la adopción de decisiones laborales que afecten a una trabajadora lactante, la obtención previa de autorización del Ministerio del Trabajo, o en el caso del sector público, la expedición de un acto administrativo debidamente motivado. La omisión de este trámite convierte tales decisiones en actos nulos y discriminatorios, conforme al estándar constitucional de protección reforzada a la maternidad.

Como puntos clave de este fallo, resaltamos en primer lugar, la ampliación de la estabilidad laboral por lactancia; la protección por lactancia se extiende hasta dos años después del parto, mientras persista la condición. 

En segundo lugar, el requisito de autorización previa, pues toda terminación del vínculo laboral con una trabajadora lactante requiere autorización del Ministerio del Trabajo o acto administrativo motivado, de lo contrario, será nula y discriminatorio. 

Por último, se debe garantizar condiciones adecuadas para la lactancia.  La sentencia reitera la obligación de los empleadores de habilitar, cuando la trabajadora lo solicite, un espacio limpio, privado, seguro y cómodo para la extracción y conservación de leche materna.

Esta Sentencia representa un avance importante en la protección reforzada de la maternidad, al confirmar, de manera expresa, el fuero de lactancia como una garantía constitucional y al precisar las obligaciones de los empleadores, tanto del sector público como del privado, para respetar y hacer efectivo este derecho. No obstante, si bien esta decisión fortalece el sistema de garantías laborales para las madres lactantes, también plantea el reto de repensar un modelo de protección que logre un equilibrio razonable entre los derechos fundamentales de las trabajadoras lactantes y la autonomía del empleador. Este balance resulta especialmente relevante en contextos donde las decisiones laborales tienen una finalidad legítima y no obedecen a motivos discriminatorios ni arbitrarios, pero podrían verse restringidas por el nuevo estándar jurisprudencial.

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