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Nota jurídica

Comentario a la sentencia dictada en el Amparo Directo 6/2025 por la Segunda Sala de la SCJN sobre el registro de obras generadas por inteligencia artificial

09/09/2025

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por primera vez en México la imposibilidad de registrar obras generadas exclusivamente por inteligencia artificial como creaciones protegidas por derecho de autor.

En el Amparo Directo 6/2025, la Corte determinó que solo las personas físicas pueden ser consideradas autoras conforme al marco normativo vigente, reafirmando la naturaleza humana del derecho de autor. La decisión confirma que las obras generadas por IA carecen de creatividad autónoma y, por tanto, no son registrables ni susceptibles de derechos morales o patrimoniales. Este precedente abre el debate sobre la necesidad de nuevas figuras jurídicas que respondan a los retos del entorno digital, manteniendo al mismo tiempo la centralidad de la creatividad humana.

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