La iniciativa propone mantener un catálogo flexible de modalidades de garantía sin un orden de prelación obligatorio, eliminando la carga actualmente impuesta a los contribuyentes de acreditar su capacidad económica para optar por una modalidad distinta al billete de depósito. Asimismo, reconoce expresamente el derecho de los contribuyentes a elegir libremente la modalidad de garantía, suprimiendo la obligación de demostrar la imposibilidad de acceder a otras alternativas. Estas modificaciones buscan fortalecer la seguridad jurídica y reducir espacios de discrecionalidad por parte de la autoridad fiscal, manteniendo en todo momento la obligación de garantizar el interés fiscal conforme a la ley.
Adicionalmente, se prevé que los procedimientos iniciados entre el 1 de enero de 2026 y la entrada en vigor de la reforma puedan acogerse al nuevo régimen, siempre que el contribuyente lo solicite expresamente dentro de los 30 días naturales siguientes.
Puede leer el contenido completo de la Nota Jurídica aquí.