En esta Newsletter analizamos diversos pronunciamientos jurisprudenciales y doctrinales en materia de Fiscalidad Indirecta, Fiscalidad Directa, Procedimiento y Tributación Local
El TJUE establece que los Estados miembros no pueden exigir una declaración certificada como único medio de prueba para devolver retenciones a fondos de pensiones no residentes.
FISCALIDAD INDIRECTA
El TJUE confirma que las comisiones de factoring están sujetas al IVA como servicios de cobro de créditos.
FISCALIDAD DIRECTA
IRNR
Libre circulación de capitales. Pese a que no cabe equiparar un fondo de pensiones español con una aseguradora no residente, las provisiones técnicas de esta deben considerarse deducibles a efectos del IRNR.
IS
El TEAC cambia su criterio y reconoce el devengo de intereses sobre los intereses de demora en la devolución de pagos fraccionados del IS derivados de la inconstitucionalidad del RDL 2/2016.
El TEAC confirma que el incremento de fondos propios debe mantenerse durante cada uno de los cinco ejercicios posteriores a la dotación de la reserva de capitalización para conservar el beneficio fiscal.
IRPF
Para desvirtuar la calificación de una ganancia patrimonial como no justificada en los términos del artículo 39 de la LIRPF, el contribuyente debe probar el origen de los elementos patrimoniales acreditando no solo de dónde y de quién proceden sino también por qué se transmiten.
No es posible aplicar el requisito de desvinculación previsto en el artículo 1 del RIRPF a la reducción del art. 18.2 LIRPF.
ITSGF
El límite de la cuota íntegra del apartado Doce.1 del artículo 3 de la Ley 38/2022 del ITSGF resulta aplicable tanto a los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal como a los sometidos por obligación real, al considerarse de aplicación la jurisprudencia sentada por el TS respecto al IP.
ISD
El TS determina que, en el marco de una liquidación de ISD, a los herederos por sustitución vulgar les resulta de aplicación la reducción por parentesco de su relación con el causante, y no la del renunciante.
FISCALIDAD INDIRECTA
IVA
La omisión en factura del dato de que el proveedor está acogido a un régimen especial de IVA no justifica denegar deducciones si la Administración puede verificarlo mediante los datos obrantes en su
base de datos.
ITPAJD
La disolución de una comunidad de bienes que desarrolla la explotación agrícola de una finca mediante la segregación de esta y su adjudicación a los comuneros constituye una única convención a los efectos del ITPAJD tributable en la modalidad de Operaciones Societarias.
PROCEDIMIENTO
El expediente administrativo debe contener justificación fehaciente de la fecha en que la resolución adoptada por un Tribunal económico administrativo se notifica al órgano de la Administración tributaria autonómica legitimado para interponer el recurso de alzada, sin que la falta de notificación en forma le permita hacer valer el principio pro actione. Corresponde a las Administraciones públicas utilizar sistemas de comunicación entre ellas que ofrezcan certeza sobre la fecha de recepción de los acuerdos.
La administración está obligada a motivar la comprobación de valores previa a su inicio.
La resolución sobrevenida de un contrato de permuta por obra futura, acordada por mutuo acuerdo de las partes contratantes al amparo del artículo 1124 del Código Civil, deja sin efecto todas y cada una de las obligaciones jurídicas pactadas, determina la ineficacia del contrato con efectos ex tunc y priva, igualmente, de efectos jurídicos a la eventual alteración patrimonial que en su momento pudo dar lugar a una ganancia patrimonial a los efectos del artículo 33.1 LIRPF.
La opinión del actuario de que no concurren indicios de comisión de una infracción tributaria no impide el inicio de un procedimiento sancionador.
El concepto de establecimiento permanente en estructuras consorciales del sector petrolero y la exigencia de un trámite de audiencia en caso de rectificación de la propuesta de liquidación contenida en el acta.
La DGT establece que la inactividad de la Administración no impide la prescripción del derecho de los contribuyentes a solicitar y obtener la devolución de ingresos indebidos.
TRIBUTACIÓN LOCAL
A los efectos de determinar la aplicabilidad de la exención del IAE prevista en el artículo 82.1.c) del TRLHL, la cifra de negocios de un grupo debe determinarse sin eliminar las operaciones internas.
La tasa del 1,5% exigida por los ayuntamientos a las empresas comercializadoras de energía eléctrica no vulnera el Derecho de la UE.