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Limitativas, depende

10/06/2026
Publicado en Inese

Si hay un terreno del Derecho de seguros en el que la lógica jurisprudencial incurre en contradicciones internas, ese es el de las cláusulas limitativas.

Mientras todavía sigue resonando -y rechinando- la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que calificó los sublímites por víctima como limitativos (Sentencia 1581/2025, de 5 de noviembre), es ahora la Sala de lo Penal la que hace un particular quiebro, calificando la unidad de siniestro como una previsión delimitadora y no limitativa del seguro (Sentencia 179/2026, de 27 de febrero). Mientras que con esta última decisión judicial es fácil convenir que estamos ante un razonamiento acertado, con la primera, no.

Puede leer el artículo completo aquí.

 

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