En esta Newsletter analizamos diversos pronunciamientos jurisprudenciales y doctrinales en materia de Fiscalidad Indirecta, Fiscalidad Directa y Procedimiento
Derecho Tributario de la UE
La Abogada General del TJUE se pronuncia en relación con la adecuación al Derecho de la Unión Europea de las limitaciones del derecho a deducir el IVA soportado en gastos de atenciones a clientes.
El TJUE confirma el derecho a deducción del IVA en actuaciones de cobro realizadas por el acreedor en su propio interés.
Los artículos 72 y 80 de la Directiva IVA se oponen a que la Administración tributaria considere que los servicios prestados por una sociedad matriz a sus filiales en el marco de su gestión activa constituyen, en todos los casos, una prestación única que excluye que su valor normal de mercado pueda determinarse mediante el método de comparación previsto en el artículo 72.
Derecho Tributario Interno
IS
El TSJ del País Vasco niega la aplicación del criterio de proporcionalidad establecido por la AEAT en relación con la aplicación de bases imponibles negativas durante la vigencia de un grupo de consolidación fiscal.
El TEAC confirma que las aportaciones de socios que excedan de su porcentaje de participación tendrán la consideración de ingreso a efectos del IS.
IRPF
La exención del artículo 7.p) de la Ley del IRPF aplica a los desplazamientos de empleados del BdE si estos trabajan materialmente en el extranjero beneficiando al organismo internacional, incluyendo labores de supervisión, sin exigir desplazamientos prolongados ni ininterrumpidos.
El TS reitera su doctrina sobre la incuestionabilidad de los certificados de residencia fiscal expedidos por la autoridad competente de un Estado contratante en el sentido de un Convenio para Evitar la Doble Imposición.
El disfrute gratuito por parte de un socio de un determinado bien de la sociedad se regularizará de acuerdo con la normativa de las operaciones vinculadas del artículo 41 de la Ley del IRPF, siempre que dicho bien haya sido adquirido por la sociedad para ser explotado en el ejercicio de sus actividades ordinarias; de lo contrario, la regularización deberá practicarse aplicando los artículos 25.1 d) y 43 de la Ley del IRPF.
IVA
La transmisión de un inmueble hotelero está sujeta a IVA cuando la explotación hotelera se transmite separadamente a otra entidad, aunque exista vinculación entre compradoras del inmueble y de la explotación.
En operaciones declaradas como exentas que resultan ser entregas interiores sujetas realizadas en el marco de una operatoria fraudulenta, cuando el sujeto pasivo no puede repercutir el IVA regularizado por aplicación del artículo 89.Tres.2º de la Ley del IVA, debe considerarse que los importes percibidos incluyen el IVA.
ITPAJD
La DGT cambia su criterio y determina que la transmisión de derechos de crédito por quienes no ostentan la condición de empresarios o profesionales a efectos del IVA está exenta de TPO.
El doble tiro: matizaciones sobre la jurisprudencia existente. Solo cabe una segunda liquidación y no el derecho al error de la Administración
persistente y gratuito. Uso abusivo de la caducidad, principios de buena administración y buena fe.
La mera inscripción del administrador en el registro mercantil no basta para la derivación de la responsabilidad subsidiaria del artículo 43.1.a) de la LGT.
Newsletter Fiscal Septiembre 2025
10/10/2025Newsletter Fiscal Septiembre 2025
10/10/2025