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Nota jurídica

Análisis de las principales medidas tributarias contenidas en el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio

01/07/2026

El pasado 29 de junio de 2026, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 18/2026 (publicado en el BOE de 30 de junio y en vigor desde el 1 de julio de 2026), que prorroga de forma transitoria determinadas medidas establecidas por el Real Decreto-ley 7/2026, articulando su retirada progresiva conforme se consolide la estabilización de los mercados energéticos

En la reunión del Consejo de Ministros del 29 de junio de 2026 se aprobó el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (el “RDL 18/2026”), publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de junio de 2026.

El RDL 18/2026 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, esto es, el 1 de julio de 2026, y deberá ser objeto de convalidación por el Congreso de los Diputados en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación, de conformidad con el artículo 86.2 de la Constitución Española.

Puede leer el contenido completo de la Nota aquí.

 

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