A escasas fechas de aprobar la Ley de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 -hasta ahora, el ‘Proyecto de Ley’ o la ‘Nueva Ley de Contratos’-, son muchas las voces que están analizando sus principales novedades. Una de estas novedades afecta, sin lugar a dudas, al ámbito subjetivo de aplicación del Proyecto de Ley. Sobre esta cuestión ha tenido gran incidencia el Derecho de la Unión Europea y también la reciente Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (la LRJSP).
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