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Coronavirus COVID-19

Nota Informativa Especial COVID-19 (Nº 22) – Quinta prórroga del estado de alarma: alzamiento de la suspensión plazos

25/05/2020

Analizamos las medidas procesales incluidas en el RD 537/2020 y el contenido de los Acuerdos adoptados por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

Tras el inicio de la fase de desescalada de las distintas medidas adoptadas a causa de la crisis del COVID-19, el Consejo de Ministros ha acordado la aprobación de una serie de medidas entre las que se encuentra el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (el “RD 537/2020” y el “RD 463/2020”, respectivamente).

El RD 537/2020, además de prorrogar el estado de alarma hasta las 00:00 horas del 7 de junio, establece una serie de medidas de carácter procesal que resultan complementarias a las establecidas en el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (“RDL 16/2020”). Entre dichas medidas, destacamos las siguientes:

  • el levantamiento de la suspensión de plazos y términos procesales, derogando, con efectos desde el 4 de junio de 2020, la Disposición Adicional Segunda del RD 463/2020;
  • el levantamiento de la suspensión de términos y plazos administrativos, derogando, con efectos desde el 1 de junio de 2020, la Disposición Adicional Tercera del RD 463/2020; y
  • el levantamiento de la suspensión de los plazos de caducidad e interrupción de la prescripción de acciones y derechos, derogando, con efectos desde el 4 de junio de 2020, la Disposición Adicional Cuarta del RD 463/2020.

 

El contenido completo de la Nota Informativa se encuentra en el PDF.

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